El carnet o permiso A2 surgió a finales del año 2009, y, según el Reglamento General de Circulación, autoriza a conducir motos con una potencia máxima de 35 kW (un poco menos de 47 cv) y una relación potencia/peso de 0,2 kW/kg. La edad mínima requerida para obtenerlo es de 18 años. Este carnet prácticamente nuevo se ha convertido en poco tiempo en el más demandado por los motoristas, y en gran medida es porque permite conducir motos sin límite de cilindrada, aunque con limitación en la potencia (en concreto en motos cuya potencia original no supere en más del doble a la limitada).
Aspectos a tener en cuenta antes de limitar nuestra moto
Una vez que obtenemos el carnet A2, el primer paso es decidir qué modelo de moto vamos a comprar. En un principio, tenemos dos opciones:
- o bien escoger una moto con una potencia de 35 kW o menos,
- o bien elegir otra con una potencia superior a 35 kW. Esta opción, como es lógico, es más compleja, ya que debemos informarnos previamente para saber si dicha moto puede limitarse o no. En este caso tenemos que fijarnos también en la ficha técnica, pues si ésta indica que la moto en cuestión tiene una potencia de más de 70 kW de origen, no convendría adquirirla.
Lo siguiente que debemos hacer, es averiguar si existen kits de limitación para el modelo de moto que hemos comprado, ya que no todos los modelos los tienen. Éstos deben seguir lo marcado por el Reglamento 168/2013 para las motos Euro 4. En las motos más o menos nuevas, los fabricantes pueden y suelen dar la opción de entregarla con un kit propio. Si esto sucediera, deberíamos tener en cuenta que se pueden dar dos casos distintos: que nos vendan una moto con kit de limitación ya instalado, o que nos la den con la ficha técnica original.
Si lo que nos dan es una moto con el kit de limitación ya instalado, nos están ofreciendo una moto que evidentemente cumple con los requisitos necesarios para ser limitada. Nos la entregarán con la ficha técnica ya reformada del vehículo, la cual nos indicará su potencia original y la posterior instalación del kit de limitación, apareciendo la antigua y la nueva cifra de potencia, que suele ser de 35 kW. Por el contrario, si nos dieran una moto con la ficha técnica original, tendríamos que tener cuidado con un detalle: su potencia original aparece disponible de primeras para conducirla con el carnet A2, pero si por algún motivo quisiéramos sacarnos el carnet A, no podríamos “deslimitar” la moto, al no contar ésta con ningún kit de limitación.
Los kits de limitación para moto
Un kit de limitación está formado por el dispositivo limitador y por un precinto numerado ligado a la documentación y homologación de nuestra moto. Por este motivo, no deberíamos adquirirlos de segunda mano, ya que estarán vinculados a la moto de la que se desmontó.
No es el único tipo de kit de limitación disponible, ya que también podemos tener los llamados “mecánicos”. Éstos están formados por placas y topes de recorrido del acelerador y arandelas y obturadores, que deben instalarse en los conductos de admisión y casquillos para la campana del carburador. Sin embargo, lo más común es que nuestra moto tenga de serie inyección electrónica y se limite en la centralita.
El precio de un kit de limitación de potencia suele rondar los 400 euros, teniendo en cuenta también los costes de la mano de obra del taller que los instale en nuestro vehículo y el precio de la inspección de la ITV que debemos pasar una vez lo tengamos incorporado (más detalles sobre esto más adelante). Nuestro kit de limitación debe estar homologado, y para ello, tenemos que recibir la llamada “Resolución de KIT”, expedida por el Ministerio de Industria.
El proceso de limitación
Como hemos indicado antes, es importante que nuestra moto NO SUPERE los 70 kW de potencia de origen. Una vez nos hemos asegurado de que cumpla este requisito, podemos comenzar el proceso de limitación.
El primer paso es comprar nuestro kit. Normalmente, las motos de marca suelen tener kits de limitación incorporados. En el caso de que nuestra moto no disponga de éstos, podemos encontrar kits de limitación totalmente legales y a precios razonables en páginas web como “limitatumoto.com” o “alphatechnik.es”.
Una vez hemos comprado nuestro kit de limitación, el siguiente paso es certificarlo para hacer de su uso algo legal. Para ello, debemos acudir a un taller especializado y autorizado por el Ministerio de Industria, que nos podrá realizar este trámite aproximadamente entre una hora y dos horas. El taller emitirá un certificado, que servirá para confirmar oficialmente que a la moto se le han realizado las modificaciones necesarias para limitar su potencia al estándar de 35 kW. Algo importante a recalcar de estos talleres, es que también nos pueden facilitar kits de limitación por encargo, sin necesidad de acudir a una tienda física o de mirar por Internet.
Tras completar todos estos pasos con éxito, nos quedaría la última parte del proceso. Una vez hayamos recibido el certificado emitido por el taller autorizado, tendremos que presentarnos en una estación de la ITV, para que nuestra moto pase por una inspección técnica obligatoria. Debemos acudir con la siguiente documentación: el certificado del taller, la declaración de responsabilidad, el informe de conformidad (documentación del kit), una copia de la resolución del Ministerio de Industria (documentación del kit), la ficha técnica original de la moto y el permiso de circulación.
Tras pasar dicha inspección, procederán a reformar la ficha técnica, para que aparezca el nuevo dato de la potencia de nuestro vehículo. Hasta que no se nos entregue dicha ficha, que es el documento definitivo, NO ESTAREMOS AUTORIZADOS a conducir nuestra moto recién limitada. Para la policía, sin la ficha técnica definitiva, nuestra moto está todavía en pleno proceso de reforma. En pocas palabras, sin un documento oficial que acredite que este proceso ha terminado exitosamente, no podremos conducir nuestra moto.
Esperemos que este artículo os haya servido, motoristas. Con esta guía ya conocéis todo lo que necesitáis saber para limitar la potencia de vuestras motos.